Condiciones Generales de Contratación (CGC) Rev 2.01 2022.02.07
Texto legal vinculante de Condiciones aplicables a todos los contratos de suministro, servicios, alquiler, cesión, SaaS, PaaS y demás variantes tanto de venta como de compra y al soporte de los mismos.
CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN de la mercantil I3TE I+D+I, S.L.
Rev. 2.01 – 7 de febrero de 2022
Anexo 1 – Documento i3_EULA – Condiciones de Licencia de Uso y Acuerdo de usuario final
CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN
I3TE I+D+I, S.L. (referida también como i3te o “La Empresa”)
1. Ámbito de aplicación
Las presentes condiciones generales de contratación serán aplicables a cualquier contrato que se realice entre I3TE I+D+I, S.L. y terceras partes para proporcionar soluciones industriales de ingeniería, consultoría y distribución, electrónica e informática industrial, robótica, control dimensional, y cualquier otra con el que en adelante se denominará "el Cliente" o el “Proveedor” o “Contrata” o “Subcontrata”.
Sólo podrán ser modificadas por acuerdo escrito expreso en un documento contractual válido entre la Empresa y el Cliente, los Proveedores, las Contratas o las Subcontratas, por lo que serán inválidas en este sentido las cláusulas o condiciones que figuren, impresas o manuscritas, en los pedidos, presupuestos, cartas u otros documentos emitidos por el Cliente o Proveedor.
La modificación por I3TE I+D+I, S.L. (en lo sucesivo referida también como i3te o “La Empresa” o las referencias a “nuestras”) de las presentes condiciones generales de contratación no afectará a contratos ya perfeccionados. Estas condiciones generales de contratación son públicas y se les comunica a los Clientes, los Proveedores, las Contratas o las Subcontratas por correo postal, electrónico, comunicación telefónica, FAX u otro medio que la Empresa elija, y no será necesario comunicárselas a los Clientes, los Proveedores, las Contratas, las Subcontratas y a los colaboradores cada vez que se realice un contrato, bastará con comunicárselas una vez ya que son las mismas para todas las operaciones excepto pacto por escrito en contrario. La mención general en los presupuestos o una referencia en documentación contractual intercambiada con el cliente será condición suficiente para su validez y aplicabilidad al suministro o servicio.
De todas maneras, y para que el Cliente, el Proveedor, la Contrata o la Subcontrata no puedan alegar la falta de comunicación de éstas, las mismas están a su disposición en las oficinas de la Empresa sitas en Polígono Industrial A Granxa, Par. 4, P119, 36400, O Porriño (Pontevedra), en la URL: http://www.i3te.com y en el Registro de Bienes Muebles de Pontevedra, en la sección de "Registro de Condiciones Generales de la Contratación" con el nombre de "Condiciones Generales de Contratación I3TE I+D+I, S.L.”
2. CONDICIONES DE VENTA, PRESTACION DE SERVICIOS, USO Y SOPORTE, ALQUILER O CESION
Presupuesto como base del contrato de servicios
El Cliente tiene derecho a recibir un presupuesto escrito describiendo el servicio o suministro que contrata. En defecto de declaración expresa, la validez de este será de 30 días desde la fecha de su elaboración para los servicios y de 15 días para los suministros de hardware o máquinas.
Este presupuesto podrá ser objeto de modificaciones respecto a su coste total derivado de las variaciones que puedan sufrir los precios de los materiales objeto de presupuesto, del personal empleado en la prestación del servicio, y otros costes necesarios para la ejecución de los servicios tales como alquiler, licencias o cualquier servicio.
El Cliente se hace responsable de la veracidad de las medidas y datos facilitados a la Empresa a todos los efectos ya que éstos constituyen la base para la determinación del presupuesto.
Salvo que expresamente se pacte en contrario, en general La Empresa no percibirá retribución alguna por la realización del presupuesto siempre que el servicio sea prestado por I3TE I+D+I, S.L.. No obstante, si el Cliente, una vez realizado el presupuesto, decide desistir de los servicios presupuestados deberá abonar las horas de trabajo necesarias para la confección de dicho presupuesto, y abonar el cien por cien de los gastos en que haya incurrido para la elaboración de este.
Si el Cliente realiza el pedido directamente y no solicita la elaboración de presupuesto, se entiende que renuncia a la realización de éste, considerándose conocida la tarifa de cargo por horas y aceptada ésta por Administración, según las horas dedicadas que se reflejarán en una comunicación escrita al término de los trabajos o en la factura de servicios correspondiente.
De este modo, la Empresa podrá llevar a cabo el encargo solicitado cuando el Cliente haya dado su conformidad mediante la aceptación del presupuesto a través de correo electrónico, por teléfono, WhatsApp, o bien con la firma del presupuesto o haya renunciado a la elaboración de este al efectuar directamente el pedido o ser comunicada aceptación verbal por persona responsable del cliente o por escrito por cualquier medio válido.
Protección de Propiedad Intelectual y demás derechos sobre los activos y propiedad del código fuente
Todos los productos y servicios que integran elementos tecnológicos de i3te y, muy particularmente, los desarrollos de software son propiedad intelectual de La Empresa y están protegidos por la normativa aplicable. El cliente, cuando contrata un desarrollo de software reconoce que la propiedad del/los desarrollo/s, pertenecen a La Empresa i3te, salvo pacto en contra expreso y detallado en el presupuesto o pedido aceptado por i3te que definirá las condiciones expresas de la cesión.
Si el presupuesto o contrato prevé la cesión de algún derecho sobre los activos propiedad de i3te tales como el código fuente, las configuraciones, las estructuras de bases de datos o similares, éstas deberán constar expresa y detalladamente especificadas. En ausencia de tal especificación, la interpretación será restrictiva y se limitará a las condiciones de uso especificadas en el Anexo 1 de estas condiciones generales aplicándose el documento i3_EULA que allí figura.
Con carácter general, el cliente obtiene, con la prestación de un servicio o venta de una personalización de una solución cuando incluye software, una licencia de uso aplicable a la entidad que la contrata, limitada y específica en las condiciones que figuran en el Anexo 1 de estas Condiciones generales de contratación. Normalmente la licencia de uso está limitada al centro específico o planta que contrata el servicio, aplica a un ámbito de trabajo definido (por ejemplo una sección o parte de la planta) y no es transferible, cedible, reinstalable o ampliable en cualquier otra forma fuera de dicho ámbito y condiciones. Por defecto, las prestaciones de servicios o venta de bienes o activos no incluyen transferencia de cualquier derecho diferente al uso previsto de propiedad o derechos más allá de los aquí expresados.
Cualquier cesión de derechos sobre el código, sus modificaciones o alteración deberá constar con unas condiciones de cesión específicas y limitadas en el tiempo y alcance el el presupuesto o pedido específicamente firmado por una persona con poderes suficientes de i3te. En ausencia de tal firma, las condiciones de uso se ceñirán a lo especificado en el Anexo 1 de estas condicioens generales (documento i3_EULA) que especifica los límites del usuario final de las soluciones.
Tiempo y lugar de entrega y prestación del servicio
El plazo de entrega o prestación de servicios será el que expresamente hubiera sido pactado entre las partes. Normalmente, el plazo de entrega constará en el documento de presupuesto o se comunicará al cliente. Los plazos de entrega que se hagan figurar como “estimativos”, “estimados”, aproximados o previstos que no sean firmes no tendrán el carácter de obligación contractual, siendo el plazo libre y a convenir entre las partes.
La documentación que acredita la prestación del servicio es el correspondiente contrato, factura, o cualquier otro documento emitido por la Empresa y que sea entregado por el personal de I3TE I+D+I, S.L. y que manifieste o evidencie el cumplimiento, aparte de que, en caso de necesidad, podrán evidenciarse instalaciones, horas realizadas u otras prestaciones según lo pactado.
El plazo de entrega o prestación de servicios que se pacte en firme y conste en el presupuesto o en un compromiso firme posterior, será ampliado:
- Cuando no se cumplan los requisitos expresados por parte del Cliente.
- Cuando el Cliente proporcione a la Empresa datos inexactos.
- Cuando existan motivos ajenos a la voluntad y control de la Empresa que impidan el cumplimiento de la fecha de entrega o prestación de servicios, particularmente los atribuibles al propio cliente o sus contratas y subcontratas o a circunstancias externas, fuera del control de La Empresa
- Cuando el Cliente modifique el pedido o proyecto original o sucesivos, o se retrase en sus obligaciones contractuales, especialmente en las relativas a la entrega de los documentos necesarios para llevar a cabo la operación, tales como el proyecto o documentos sucesivos necesarios para la prestación del servicio o a los pagos acordados.
Asimismo, recaerá sobre el Cliente la obligación de permitir la prestación de servicios y en especial las siguientes:
- Facilitar la accesibilidad para el personal y los medios de transporte necesarios para hacer llegar el servicio, el código, los bienes o la mercancía, siendo responsable el Cliente de los desperfectos que cualquier maquinaria de la Empresa puedan causar a consecuencia de no tener debidamente habilitadas sus instalaciones para su tránsito.
- Proporcionar un acceso adecuado y ágil a sus servidores o máquinas de proceso con las garantías de seguridad, accesibilidad y agilidad necesarias cuando el servicio se preste de forma remota y sobre servidores del cliente o sus subcontratas y fuera del control de La Empresa
- Permitir la libertad de tránsito, siempre dentro del respeto a las condiciones de prevención y demás aplicables por ley, para los trabajadores de la Empresa, las Contratas, las Subcontratas y los autónomos, que se encarguen de llevar a cabo los trabajos acordados, en la medida de lo necesario.
- Facilitar el suministro de energía eléctrica, servicios de aire, suministro de red de datos estable , accesos o cualquier otra condición razonablemente necesaria, incluyendo las obras, accesos y acometidas necesarias.
- Obtener y disponer de todas las licencias y permisos necesarios que, por definición estarán fuera del alcance de los servicios, al ser responsabilidad del cliente, así como cualquier otra condición impuesta por los programas de préstamo, subvención, …
- Disponer de un plan de Seguridad y salud. Estudio de seguridad en cada uno de los lugares de trabajo, informando expresamente de los riesgos a i3te.
Precio
En caso de incumplimiento de las obligaciones por parte del Cliente, la Empresa podrá suspender en todo o en parte su ejecución o resolver el contrato con la correspondiente indemnización mientras no se cumplan con las obligaciones pactadas.
Asimismo, en caso de que el Cliente no cumpla con sus obligaciones, la Empresa se encuentra facultada para ejecutar las obligaciones correspondientes al mismo, repercutiendo al Cliente los costes de dicha ejecución.
Todos los precios deberán de ser considerados como netos en la divisa pactada, sin ninguna deducción de cualquier tipo, salvo pacto en contrario. Los precios no incluyen impuestos, tasas u otras cargas, tanto de naturaleza general como especial, a menos que se pacte otra cosa por escrito, teniendo en cuenta las condiciones aplicables a la entrega (los Incoterms) que en su caso sean de aplicación y/o las condiciones de entrega de las mercancías y la prestación del servicio.
Forma de pago
Salvo pacto escrito en contrario que normalmente figurará en el presupuesto o las facturas emitidas o en el pedido por escrito del cliente, el pago habrá de hacerse al contado mediante transferencia sin ningún descuento, y sin que se permita deducción, compensación o retención.
En el caso de que se hubiesen pactado unas fechas de pago, éstas deberán de ser cumplidas por el Cliente incluso si la entrega o prestación del servicio se demorase debido a cuestiones ajenas al control de la Empresa. Si la Empresa lo considera oportuno, podrá solicitar las garantías que considere necesarias para asegurar el debido cumplimiento de las obligaciones contractuales del Cliente, pudiendo entretanto suspender las entregas y la prestación del servicio.
Devengo de intereses de demora e indemnización por costes de cobro
Con efectos desde la fecha de pago acordada, el Cliente deberá pagar intereses de demora según la Ley 15/2010 así como sus modificaciones, sustituciones o adaptaciones de la normativa aplicable en España, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, que se fijan con la aceptación de estas condiciones generales de contratación en el máximo legal permitido. Si el Cliente incurre en mora en un pago o la prestación de una garantía acordada, se considerarán líquidos y exigibles todos los cobros pendientes en ese momento, vencidos o no. Además del devengo de estos intereses cuando el Cliente incurra en mora, la Empresa tendrá derecho a reclamar al Cliente los costes de cobro referidos en la Ley 15/2010
Aceptación de la prestación del servicio o entrega de mercancía
El documento de prestación de servicio podrá ser firmado por el Cliente u otra persona autorizada-. En el caso de ausencia de éstos, el Cliente, al aceptar estas condiciones, dará por válida la firma de otra persona que, estando en estas dependencias, reciba la mercancía y/o los trabajos y firme la aceptación, debiendo identificarse a la entrega con su nombre y Documento Nacional de Identidad. Para el caso de implantaciones de sistemas y software, la comunicación por correo electrónico u otro medio de comunicación de su finalización sin manifestación de contrario del cliente en el plazo de aceptación citado a continuación equivaldrá a su aceptación completa.
Al tiempo de la prestación del servicio, el Cliente comprobará los productos entregados y la prestación del servicio, en cuanto a la calidad y cantidad en el plazo máximo de 2 días desde la recepción de estos. La Empresa otorga al Cliente el plazo de 7 días desde la puesta a disposición de los materiales o del servicio para comunicar de forma fehaciente los vicios o defectos ocultos de los productos entregados o servicios prestados, siempre dentro del alcance acordado en el presupuesto o documento que lo sustituya y represente el pedido del cliente, así como documentos de especificaciones aplicables relacionadas y aceptadas por i3te.
La Empresa se reserva el derecho de entregar mercancías o usar productos en la prestación de los servicios distintos a los pactados, siempre que sean similares características a los acordados y de calidad igual o superior.
Las partes convienen expresamente que, la recepción del pedido por el Cliente tendrá lugar dentro de los 7 días naturales siguientes a la entrega. Transcurrido este plazo, se entenderá que el pedido ha sido tácitamente aceptado y entregado. Vencido el plazo, la Empresa podrá emitir la correspondiente factura y el Cliente no podrá oponerse a su pago o formular reservas. Las reservas presentadas en plazo nunca permitirán retener una cantidad superior a la originalmente presupuestada para el elemento o parte sobre la que los defectos denunciados recaigan.
La Empresa tendrá derecho a cobrar al cliente un precio por la guarda y custodia del material que no pase a recoger, precio que será fijado dependiendo de la zona donde se encuentre el mismo.
Alquiler o cesión de uso
Por la naturaleza de los servicios de La Empresa, el alquiler o cesión no es habitual (salvo por demostraciones o presentaciones de producto), salvo que así se pacte expresamente en el contrato o presupuesto. Se entiende aceptado el material, implantaciones, desarrollos, software, combinaciones de software y hardware, maquinaria, herramientas, sistemas hardware y software o las instalaciones sujetas al contrato de alquiler o de cesión de uso a la firma del contrato de arrendamiento o cesión a la fecha de puesta a disposición de este.
El arrendatario o cesionario recibirá el objeto del contrato de alquiler o cesión en perfectas condiciones de conservación y funcionamiento, indicándose las instrucciones para su manejo y facilitando las prevenciones técnicas, legales y de seguridad necesarias para su uso normal y se obliga a devolverlo en el mismo estado que se recibe, en cuyo momento se tendrán en cuenta los desgastes naturales que se originen, no así cuando ha existido negligencia por parte del arrendatario o cesionario, provocando averías.
En razón que el material, maquinaria, herramientas o las instalaciones utilizadas por el personal del arrendatario o cesionario, este se responsabiliza de toda avería por la utilización inadecuada, así como de los daños y perjuicios causados.
El material o las instalaciones son propiedad del arrendador o cedente no pudiendo ser subarrendado ni prestado a terceros sin permiso expreso del arrendador o cedente. Asimismo, no se podrán sustituir u ocultar los signos identificativos o marca del arrendador o cedente. El incumplimiento de esta obligación por parte del arrendatario o cesionario eximirá a la arrendadora o cedente de toda responsabilidad.
El material, maquinaria, herramientas o las instalaciones en alquiler no devueltas o devueltas pero que por uso o manipulación inadecuada o cualquier causa que lo haga inservible, se considerará como venta de material nuevo y se facturará al precio de mercado. Es obligación del arrendatario o cesionario presentar una denuncia con los datos.
Tanto el traslado del material, maquinaria o herramientas como su devolución al terminar el plazo de alquiler o de cesión de uso, será por cuenta del arrendatario o cesionario, así como los gastos que puedan originar la descarga o carga del equipo descrito, montaje o desmontaje de este.
Como consecuencia, el transporte se realizará bajo la exclusiva responsabilidad del arrendatario o cesionario.
El arrendatario o cesionario de cualquier maquinaria o material deberá tener suscrita durante la vigencia del contrato de alquiler o de cesión de uso un seguro de responsabilidad civil, del que aportará justificante al arrendador o cedente. El emplazamiento, e instalación, lo realizará el arrendatario o cesionario bajo su responsabilidad y de acuerdo con las normativas legales/administrativas vigentes.
Además, para la utilización de cierta maquinaria y materiales deberá contar con la titulación o formación específica.
Garantía
La Empresa responderá acorde a la Ley vigente en cada momento. En aquellos casos en los que se determine la responsabilidad de I3TE I+D+I, S.L. y ésta derive o se vincule a productos o prestaciones de servicios adquiridos para desarrollar su actividad, la responsabilidad y la garantía se trasladará al Proveedor. En el caso de productos o prestaciones de servicios adquiridos la garantía empezara a surtir efectos desde el momento de la puesta a disposición del material. Quedan excluidas de la garantía y responsabilidad de la Empresa todas las deficiencias fuera de su control, especialmente si es como resultado de la falta de mantenimiento, humedad, mala instalación, así como modificaciones realizadas por terceros ajenos a la Empresa. Queda expresamente prohibido el uso de algoritmos de recuperación de contraseñas, la ingeniería inversa y, en general cualquier intervención o modificación del software y sistemas de La Empresa que no cuenten con autorización escrita de i3te, firmada por persona apoderada de La Empresa.
Si el Cliente alega que una garantía, de acuerdo con las especificaciones técnicas de la mercancía o servicios, no es alcanzada, la garantía sólo será válida si la Empresa tiene la oportunidad de comprobar que los parámetros garantizados no son alcanzados. La garantía por la Empresa está sujeta al oportuno cumplimiento de las condiciones de pago acordadas con el Cliente.
I3TE I+D+I, S.L. no será responsable de los desperfectos materiales causados durante el transporte si estos servicios los presta un tercero. Con posterioridad a la venta o prestación de servicios, la Empresa no se hace responsable de los defectos manifiestos o que estuviesen a la vista a la fecha de finalización del contrato con el Cliente, en ninguno de sus productos o prestaciones de servicios.
En cuanto a las reclamaciones relativas al uso, venta o distribución de los productos vendidos o entregados, individualmente o en combinación con otros productos, o cualquier otra queja relativa al contrato, los derechos del Cliente y la responsabilidad de la Empresa se adecuarán a las circunstancias particulares del caso.
El Cliente nunca tendrá derecho a devolver los productos aceptados o cuyo plazo para denunciar defectos haya transcurrido. La responsabilidad de la Empresa nunca excederá el valor de las mercancías afectadas o de los servicios prestados en el momento de la venta.
Límite de responsabilidad
Salvo acuerdo en contrario, la responsabilidad de I3TE I+D+I, S.L. nunca excederá del valor del presupuesto contratado. La Empresa queda liberada de toda responsabilidad por encima de ese máximo, incluso si ha sido causado por su propia negligencia o incumplimiento de obligaciones. I3TE I+D+I, S.L. afrontará cuantos daños y perjuicios ocasione a personas y bienes en la ejecución de sus trabajos siempre que en ella y respecto a tales daños se den IMPUTABILIDAD, CULPABILIDAD Y RESPONSABILIDAD.
Seguros
El beneficio y riesgo del objeto del contrato pasarán al Cliente una vez puesto a disposición de éste en el lugar, dirección lógica, servidor o forma acordados en el presupuesto o contrato.
Incumplimiento del Cliente
En caso de incumplimiento, total o parcial, o falta de cumplimiento puntual o adecuado de cualquiera de las obligaciones del Cliente, así como, en caso de declaración de concurso de acreedores, liquidación o disolución de su Empresa I3TE I+D+I, S.L. tendrá derecho a notificar la rescisión total o parcial del contrato o la suspensión de su ejecución en todo o en parte. Ello se realizará mediante notificación sin necesidad de ulterior advertencia de incumplimiento o intervención judicial, y sin que la Empresa deba responder por los daños, sin perjuicio de cuantos otros derechos asistan a la Empresa.
Tan pronto como se produzca cualquiera de las circunstancias antes mencionadas, todas las reclamaciones de pago, vencidas o no, retenciones, cuotas de refinanciación o cualquier otra obligación que el Cliente tenga frente a la Empresa se convertirán en exigibles y en pagaderas inmediatamente. Los documentos cambiarios o, en su defecto, cualquier otro documento formal de pagos estipulados para el pago de las obligaciones contractuales contraídas entre ambas empresas deberán ser enviados a la Empresa en el plazo de 5 días naturales desde el envío por los medios acordados de la correspondiente factura o certificación. El retraso en la entrega se considera como incumplimiento contractual. La Empresa podrá repercutir al Cliente los sobrecostes, contracargos y penalizaciones que se le impongan a consecuencia de cualquier incumplimiento por su parte.
Reserva de dominio
La Empresa seguirá siendo dueña de todo material o producto suministrado hasta la recepción completa de los pagos acordados pudiendo retirar los mismos ante el primer incumplimiento del Cliente, sin necesidad de consentimiento de este.
Compensación
La Empresa tiene derecho a compensar cualquier suma que le adeude el Cliente (entendido como todas las compañías que forman parte del mismo grupo que el Comprador), contra cualquier suma pagadera al Cliente.
Soporte y Mantenimiento
Los sistemas que i3te proporciona, específicamente aquellos que incluyen código como el software, las soluciones tecnológicas, la selección de determinados elementos integrados en una solución o los controles y monitorización y/o captura de procesos requieren, para su buen funcionamiento de un soporte por parte de especialistas.
Estos sistemas por las condiciones de trabajo de las empresas del cliente, están sometidos a una gran cantidad de transacciones, interacción con usuarios, registro de datos, procesos de copia, modificación y borrado y circunstancias de la planta de producción que los someten a un gran estrés informático. Normalmente estos sistemas son claves para la buena operación del proceso del cliente.
Para responder a esta realidad, la licencia de uso de los sistemas (documento i3_EULA en Anexo 1), establece como condición obligatoria para la exigencia del buen funcionamiento la existencia de un contrato de soporte/mantenimiento del servicio, sin el cual no puede garantizarse la operatividad del sistema. En consecuencia, las posibilidades del uso de la licencia concedida están inextricablemente unidas al soporte y así lo reconoce el cliente. La falta de contratación o pago puntual del soporte de los sistemas, en la forma prevista por i3te, supondrá la caducidad de la licencia de uso y supondrá la obligación del cliente de desmontar de sus instalaciones o servidores, todas las soluciones, así como al borrado de todas las bases de datos y sistemas instalados. I3te podrá tener acceso para comprobar el efectivo desmontaje de los sistemas cuando se dé esta circunstancia, así como dar por cancelados los servicios y rescindidas sus obligaciones sin derecho del cliente a exigir compensación por ello.
Cualquier situación de los sistemas que suponga un lucro cesante para el cliente, está expresamente excluída del alcance de los servicios prestados salvo que, expresamente, se pacte en este sentido.
Los servicios de mantenimiento ofrecidos por La Empresa serán tanto de carácter preventivo como correctivo, realizándose las tareas necesarias para aminorar los fallos y deficiencias así como las actuaciones necesarias para reponer a su normal funcionamiento los bienes objeto de mantenimiento así como mantener operativos los sistemas.
La ampliación de las tareas de mantenimiento encomendadas fuera del presupuesto inicial pactado que se realicen de forma sobrevenida o por voluntad del propietario serán causa de emisión de nuevo presupuesto.
Ninguno de los servicios de mantenimiento conlleva la tramitación de solicitudes, permisos o otra clase de autorización administrativas o civiles de cualquier tipo necesarias para el desarrollo de las tareas de mantenimiento.
Quedan excluidos de la garantía por parte de la Empresa, las deficiencias en las tareas de mantenimiento que tengan su origen o causa en cuestiones ajenas a la voluntad de la Empresa, en especial las derivadas del mal uso, mantenimiento inadecuado o por la inobservancia de las indicaciones de uso y mantenimiento indicadas por la Empresa, por parte del Cliente.
Asímismo, la imposibilidad de prestar soporte, falta de acceso a los sistemas del cliente (o una complejidad excesiva que impida prestar el soporte en un período inferior a los 15 minutos efectivos) o la imposibilidad de contactar con las personas clave para el proyecto o servicio del cliente o sus contratas/subcontratas que hayan de facilitar el soporte, relevará a i3te de sus obligaciones, considerándose una causa imputable al cliente.
La responsabilidad de la Empresa solo se extenderá a los daños que se produzcan en los bienes, medios o sistemas objeto de mantenimiento y soporte por acciones de su personal y sin que medie negligencia del cliente. Asimismo, no será responsable de ningún reemplazamiento, modificación o trabajos realizados por terceros ajenos sin su consentimiento expreso. La Empresa se reserva la facultad de suspender el servicio de mantenimiento contratado cuando se produjera algún impago de las cantidades pactadas entre las partes. Si tras la suspensión del servicio, no se produce una regularización de los pagos pendientes, la Empresa podrá rescindir el servicio de forma unilateral, sin necesidad de comunicación expresa al Cliente.
3. CONDICIONES DE COMPRA O PRESTACION DE SERVICIOS.
Entrega de bienes y servicios por el proveedor
El Proveedor se obliga a la entrega de los bienes productos objeto de la compra o la prestación de los servicios de acuerdo con lo establecido en el Pedido/Presupuesto/Contrato y en las leyes y reglamentos que resultaran de aplicación.
El Proveedor deberá entregar toda la documentación que le sea requerida por la Empresa en el Pedido/Presupuesto/Contrato, en plazo, forma, cantidad y calidad, así como cualquier otra información o documento, de cualquier índole, que sea necesario, de acuerdo con la normativa vigente aplicable a la compra y la prestación de servicios. La no entrega de la documentación asociada, particularmente, la exigida por la normativa o las buenas prácticas profesionales, podrá suponer la cancelación del pedido, dando los bienes y/o servicios por no entregados.
El Proveedor deberá cumplir cuantas disposiciones estén vigentes en cada momento, en especial las de carácter Laboral, Seguridad Social o Fiscal, así como las relativas a seguridad informática – ciberseguridad, protección de Medio Ambiente, Seguridad y Salud, de Prevención de Riesgos Laborales y vendrá obligado a acreditar su cumplimiento en la forma y plazos establecidos por la Empresa.
Igualmente deberá cumplir el Proveedor la normativa y práctica interna de la Empresa que le resulte aplicable por razón del Pedido/Presupuesto/Contrato o del cliente que le sean expresamente comunicados que correspondan a buenas prácticas profesionales.
Garantías del proveedor
El proveedor garantiza con la aceptación del pedido de compra:
- Que todos los bienes o productos objeto de la compra son de su plena propiedad, de primer uso, elaborados con materiales o productos de la calidad requerida y que cumplen con los requisitos de seguridad y medioambiente, reúnen la calidad especificada y, en su caso, son aptos para su utilización.
- Que los bienes o productos objeto de la compra están libres de cualesquiera cargas o gravámenes u otros derechos reales, embargos, trabas o afecciones sobre los mismos y que no recae sobre el Proveedor o sobre los bienes o productos ninguna restricción a la libre transmisión de estos.
- Que los bienes, productos o prestaciones de servicios cumplen con las especificaciones acordadas por las partes, así como el cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el Pedido y que lo mismos están libres de cualesquiera defectos, visibles u ocultos, ya sea por materiales, mano de obra, diseño o fabricación.
- Que cuenta con los derechos de propiedad intelectual o industrial en relación con los bienes o productos objeto de la compra o aprovisionamiento o, en su caso, que cuenta con las oportunas licencias para su fabricación o venta, siendo por su cuenta los gastos y costes que se deriven de las mismas. En el caso de que el Proveedor desarrolle el producto conforme a las indicaciones de la Empresa, la propiedad de intelectual o industrial de los productos elaborados será de la Empresa.
- Que cumple con las medidas medioambientales específicas y garantiza la calidad de los materiales con los que trabaja para el uso pretendido.
Obligaciones de contratas y subcontratas
Serán de cuenta del Proveedor dentro del periodo de garantía y éste vendrá obligado a realizar todos los trabajos de reparación, enmienda, reconstrucción, reemplazo, rectificación y corrección de deficiencias en los bienes, productos o prestaciones de servicios objeto del contrato en el plazo máximo de 5 días. En caso de que transcurrido dicho plazo no realizara los trabajos, la Empresa podrá ejecutarlos por su cuenta repercutiéndole el coste de la ejecución o deduciéndolo de los pagos pendientes de realizar comunicándolo por escrito.
La Empresa podrá repercutir al Proveedor los sobrecostes, contracargos y penalizaciones que se le impongan a consecuencia de cualquier incumplimiento por su parte.
Deben aplicar los principios de acción preventiva contemplados de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales o cualquier disposición que la sustituyan, modifiquen o perfeccionen.
Deben informar a su personal propio o sus contratas/subcontratas de las medidas que hayan de adoptarse en lo que se refiere a su seguridad y salud ajustándose a lo dispuesto en el Real Decreto 1215/1997.
Deben comunicar al servicio de prevención la contratación de trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos y menores.
El personal deberá tener la formación necesaria para la manipulación de maquinaria y/o materiales específicos.
Será exigible el tener contratado por su cuenta y riesgo un seguro de Responsabilidad civil, debiendo aportar a la Empresa copia de la póliza y del justificante de que la cobertura engloba el periodo de prestación del servicio. En el supuesto de que la Empresa considere insuficientes las coberturas de dicha póliza, éstas se obligan a realizar una modificación de las mismas para adecuarlas a los requerimientos de la empresa.
Deberán adaptarse a los plazos a los que se ha comprometido a prestar el servicio, siendo responsables directos de la demora en los mismos, quedando exonerada la Empresa en este sentido de cualquier responsabilidad al respecto.
Si durante el seguimiento realizado por la Empresa se observara el incumplimiento de las obligaciones de la Contrata o Subcontrata o de los niveles de calidad pactados, la Contrata o Subcontrata vendrá obligada a adoptar las medidas rectificativas necesarias pudiendo en caso contrario dar lugar a la resolución del pedido o contrato por parte de la Empresa y/o a la contratación por terceros para la realización de los servicios debiendo de abonar éstos la Contrata o Subcontrata.
Debe cumplir las medidas medioambientales específicas y garantizar la calidad de los materiales con los que trabaja. La Empresa podrá repercutir a la Contrata o Subcontrata los sobrecostes, contracargos y penalizaciones que se le impongan a consecuencia de cualquier incumplimiento por su parte.
4. Definición de las causas de fuerza mayor y sus efectos
“Fuerza Mayor” significa, a los efectos del presente contrato, la existencia de cualquier contingencia, circunstancia o causa que esté más allá del control de la parte que la invoca, incluyendo, pero no limitándolo, a las siguientes circunstancias: imposición o sumisión a una ley, regulación, decreto, orden o solicitud de cualquier autoridad (comunitaria, nacional, estatal, autonómica, provincial, o municipal), confiscación, motín, guerra, disturbios, incendios, inundaciones, terremotos, tormentas, explosiones, huelgas, cierres, parada de maquinaria o de fábrica, imposibilidad de conseguir materias primas, equipos, gasóleo o transporte. Si por Fuerza Mayor, cualquiera de las Partes no puede cumplir alguna obligación del presente Contrato distinta a la de pago del precio, dicha parte queda exonerada de su cumplimiento, siempre que lo notifique a la otra indicando el comienzo y la naturaleza de la situación de Fuerza Mayor. La Parte que invoque la Fuerza Mayor deberá enviar una notificación en el plazo de un día tras el inicio y la finalización de la causa que motive la misma, así como justificar las causas que provoquen la situación de fuerza mayor. En caso de incumplimiento de este plazo, la Empresa podrá adoptar las siguientes medidas, de forma individual o conjunta: Solicitar una indemnización por daños y perjuicios y/o Resolver el contrato.
La Empresa no será responsable frente al Cliente por ninguna pérdida o daño derivado del incumplimiento o de la falta de cumplimiento puntual o total de sus obligaciones por causa de Fuerza Mayor. Esta cláusula es aplicable a la Empresa, y a su plantilla, al Cliente y su plantilla. No obstante, los anteriores apartados de este artículo, si al Cliente le afecta la Fuerza Mayor no será relevado de ninguna de sus obligaciones de aceptar y pagar los envíos hechos con anterioridad al recibo por parte de la Empresa de la notificación por escrito del Cliente de la situación de Fuerza Mayor; tampoco el Cliente podrá invocar la causa de Fuerza Mayor para retrasar el pago de las cantidades adeudadas. Si concurre causa de Fuerza Mayor, la Empresa tendrá derecho a distribuir, en la forma que considere razonable, las cantidades de prestación de servicios y/o productos útiles entre sus Clientes y sus propios requerimientos.
5. Comunicaciones y Notificaciones entre partes
Todas las notificaciones, modificaciones y comunicaciones por parte de la Empresa al Cliente/Proveedor/Contrata/Subcontrata se considerarán eficaces a todos los efectos cuando se realicen por envío de correo postal, correo electrónico, SMS, MMS, fax, WhatsApp o comunicación por llamada telefónica a cualquiera de las direcciones o números indicados por el Cliente/Proveedor/Contrata/Subcontrata o, en su defecto, al número móvil propiedad del Cliente/Proveedor/Contrata/Subcontrata o de sus apoderados o empleados.
A estos efectos, el Cliente/Proveedor/Contrata/Subcontrata manifiesta que todos los datos facilitados por él son ciertos y correctos, y se compromete a comunicar a la Empresa todos los cambios relativos a su domicilio, datos de cobro y todo tipo de información necesaria para la gestión y mantenimiento de la relación contractual entre la Empresa y el Cliente/Proveedor/Contrata/Subcontrata.
6. Separabilidad
Las presentes condiciones se considerarán independientes y, si alguna de ellas, en todo o en parte, se dejase sin efecto por las partes mediante pacto expreso escrito o fuera inválida por cualquier razón, el resto conservará su validez con toda su fuerza y efecto.
7. Ley aplicable
Estas Condiciones Generales se regirán e interpretarán conforme a la legislación española en aquello que no esté expresamente previsto en las mismas. Así mismo, en cuanto a la ley aplicable a las operaciones realizadas por I3TE I+D+I, S.L. las partes pactan por medio de la aceptación de estas condiciones generales de la contratación, el sometimiento expreso al ordenamiento jurídico español.
8. Fuero – Cláusula Especial de Arbitraje
Las partes se comprometen a resolver de manera amistosa cualquier desacuerdo que pudiera surgir en el desarrollo del presente contrato.
En caso de no ser posible una solución amigable, y resultar procedente litigio, las partes, con renuncia a cualquier otro fuero, se obligan a someter todos los conflictos, litigios y desavenencias surgidas del contrato, ya sea en su cumplimiento, interpretación o ejecución, al Tribunal de Arbitraje con CIF: G56643224 en Pontevedra, en el marco de sus Reglamentos, a la cual se encomienda la administración del arbitraje y la designación del árbitro o tribunal arbitral, obligándose desde ahora al cumplimiento de la decisión arbitral. En cuanto a la ley aplicable al litigio, las partes se someten expresamente al ordenamiento jurídico español por medio de las presentes condiciones generales de la contratación.
Fin de las Condiciones Generales de Contratación
Sigue Anexo 1 – Condiciones Licencia Usuario Final (i3_EULA)
Anexo 1 - Condiciones Generales de Contratación i3te
Condiciones Generales Contratación - Condiciones Licencia Usuario Final
ANEXO 1 CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN
CONDICIONES LICENCIA DE USUARIO FINAL
DOCUMENTO i3_EULA
Documento Controlado: Revisión 2.01 de 2022-02-07
Contratos de Servicios celebrados con: i3te i más d más i S.L. (En adelante, i3te)
1. I3EULA-ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LAS CONDICIONES DE USO
Estas condiciones generales de contratación y licencia se aplican a cualquier relación contractual entre i3te y sus clientes, usuarios finales o terceros con quienes se establezcan acuerdos de prestación de servicios tecnológicos, personalización de software, implantación de sistemas de gestión, mantenimiento y soporte de aplicaciones.
En ningún caso, los productos suministrados por i3te, incluyendo software, soluciones tecnológicas, configuraciones, desarrollos a medida y herramientas asociadas, constituyen una venta ni hay en el contrato transmisión de la propiedad ni intelectual ni de reserva de dominio, la cual permanecerá íntegramente en manos de i3te como legítimo titular de todos los derechos de propiedad intelectual e industrial.
En la firma de los presupuestos o contratos de servicios, queda expresamente reconocida por los clientes la propiedad exclusiva y reserva de dominio por parte de la empresa i3te i mas d mas i SL (i3te) de los productos que siguen, sin limitación a nuevos productos o a productos derivados de estos, que se adapten con personalizaciones y/o variaciones para sus procesos:
- i3mes
- iPalTrack
- logis3
- ControlPlan
- Orion, Orion Suite y sus variantes
- iPalBox
- HBand, HBand CR y sus variantes
- iBonTrack y sus variantes MR y otros
- ICS control acceso
- Controlamos
- Accedemos
- AC300
- Lince
- RPT
- I3SGA
- iSGA
- i3Reservas web
- FiVAR
- Xhira, XHiRA y sus variantes
- i3 Industrial ERP
- I3 Pedidos online
- IA CRM
- I3Picking
- I3EOL
- Label Srv y relacionados
- Ubica 3
- Logis View
- Zis Box
- iBox
- QSAT y sus variantes
- Agritech y sus variantes
- i3 Centinnel
- Truck & Track
2. I3EULA- LICENCIA DE USO. PROPIEDAD INTELECTUAL
El Cliente adquiere, con la entrega de las soluciones pactadas en un presupuesto aceptado que podrá reflejarse en contrato o servir dicho presupuesto como un contrato, únicamente una licencia de uso no exclusiva, intransferible, limitada y revocable, estrictamente condicionada al alcance pactado en el presupuesto y a la vigencia del contrato de soporte y mantenimiento asociado.
El software, configuraciones, módulos, desarrollos personalizados y demás activos digitales suministrados por i3te están protegidos por la Ley de Propiedad Intelectual (Real Decreto Legislativo 1/1996) y demás normativa nacional e internacional. Su uso por parte del Cliente queda limitado al alcance funcional pactado en el contrato de servicios de soporte técnico y nunca implica una cesión, venta, ni transferencia de derechos de explotación, reproducción, modificación o distribución más allá de lo permitido expresamente por escrito por i3te.
Todos los trabajos de personalización o parametrización realizados por i3te para el Cliente son considerados servicios y no dan lugar a la adquisición de propiedad alguna sobre los desarrollos ni su código fuente.
3. I3EULA- CONDICIONES ECONÓMICAS Y RESERVA DE DOMINIO
El Cliente se compromete a abonar las cantidades pactadas según las condiciones establecidas en el contrato.
En caso de impago total o parcial, i3te se reserva el derecho de:
- Suspender el acceso al software o sistemas licenciados.
- Revocar la licencia de uso de forma inmediata y automática.
- Retener todos los importes abonados como penalización por incumplimiento, sin devolución.
- Exigir la destrucción, eliminación o desinstalación de cualquier copia del software que el cliente tenga instalado en sus sistemas y toda referencia a los mismos o a las marcas, identificadores y elementos distintivos de i3te.
El Cliente renuncia expresamente a cualquier derecho de uso posterior al incumplimiento. Toda licencia y prestación queda automáticamente cancelada.
4. I3EULA - PROTECCIÓN LEGAL Y USO NO AUTORIZADO
El Cliente reconoce que:
- i3te conserva la totalidad de los derechos de propiedad intelectual e industrial sobre sus productos, incluidos pero no limitados al código fuente, interfaces, algoritmos, documentación técnica, materiales gráficos, arquitectura funcional, bases de datos, configuraciones, paneles de indicadores y cualquier otro desarrollo derivado.
- El cliente no podrá copiar, descompilar, hacer ingeniería inversa, modificar, sublicenciar, ceder ni revender el software o sus componentes, total ni parcialmente.
- El incumplimiento de estas condiciones podrá dar lugar a las acciones civiles y penales correspondientes, conforme a lo previsto en los artículos 270 y siguientes del Código Penal español y la Ley de Propiedad Intelectual o cualquier otra normativa posterior que las sustituya, actualice, modifique o perfeccione.
5. i3EULA - CONTRATO DE SERVICIOS
Todas las soluciones, productos y servicios de i3te se suministran únicamente en el marco de un contrato de servicios de soporte y personalización, debidamente firmado y vigente. La única excepción es la entrega de un suministro claramente definido que no incluya software tratándose de una mera comercialización compra-venta.
Normalmente, el soporte contractual es un presupuesto/oferta emitido por i3te que ha sido aceptado debidamente por el cliente, normalmente por escrito. Dicho contrato regulará:
- El alcance funcional del uso autorizado del/los sistemas que se incluyen en dicho alcance, quedando limitado el mismo a lo definido en el presupuesto. Cualquier aspecto no incluido expresamente deberá ser considerado fuera de alcance y requerirá un nuevo presupuesto que lo especifique debidamente.
- Los derechos y deberes del cliente en cuanto a dicho alcance, refiriéndose, en lo no establecido a estas condiciones generales de contratación
- La duración y forma de renovación de los acuerdos y las condiciones del contrato de soporte si está relacionado directamente con el alcance o, en su caso, una mención al importe del mismo y el período a partir de cuándo se aplicará dicho soporte. De no indicarse nada específicamente, se entenderá que el soporte requiere un presupuesto específico pero que éste soporte es condición necesaria para la licencia de uso por parte del cliente, salvo pacto específico en contrario.
- Las condiciones comerciales y económicas de entrega del alcance a las que el cliente se obliga.
6.i3EULA - GARANTÍA Y LÍMITES DE RESPONSABILIDAD
El servicio de personalización y los posibles desarrollos específicos, que se citarán expresamente en el presupuesto de personalización y/o desarrollo puntual, así como el servicio de soporte técnico se ofrecen en los términos acordados.
El servicio de soporte técnico, también llamado de mantenimiento incluye:
- El contrato de soporte y mantenimiento suscrito entre i3te y el Cliente tiene como único objeto la restitución del funcionamiento operativo de la aplicación suministrada, en caso de fallos, caídas del sistema o interrupciones debidamente detectadas.
- Este contrato no incluye en ningún caso la investigación de las causas internas del cliente que hayan originado la incidencia, ni se extiende al análisis de procesos, decisiones operativas o prácticas de uso que hayan podido motivar el mal funcionamiento lo cual será responsabilidad exclusiva del cliente ya que la investigación podría exceder incluso el conocimiento de i3te de los procesos o las personas implicadas al no existir control alguno sobre las mismas.
- Quedan expresamente excluidas del soporte:
- La revisión o adaptación de procesos internos del Cliente en las aplicaciones, más allá del alcance expresa y literalmente descritas en el alcance del presupuesto aceptado.
- La corrección de errores derivados del uso indebido o no autorizado del software.
- La corrección o tratamiento de incidencias provocadas por la introducción de información incorrecta, contaminada, maliciosa o por la presencia de malware, virus, ataques externos u otras formas de alteración provocadas por el entorno del Cliente.
- El soporte a funcionalidades no contratadas o manipulaciones sobre el sistema realizadas por personal no autorizado por i3te (en este último caso podría suponer la rescisión de servicios).
- En todos los casos, i3te se limitará a restablecer el estado funcional original de la aplicación, siempre que el fallo no derive de las causas excluidas anteriormente. Si se constata que la causa de la incidencia es atribuible al Cliente, i3te podrá repercutir el coste del diagnóstico y recuperación conforme a las tarifas vigentes.
- Si, como consecuencia de las acciones de soporte se hubiesen perdido datos introducidos por el cliente por ser esto necesario para la restitución del normal funcionamiento del cliente, tal responsabilidad no será atribuible a i3te
- En ningún caso el soporte podrá suponer que i3te deba digitalizar datos existentes, perdidos o no introducidos por el cliente ni responder de paradas de producción, lucro cesante u otras responsabilidades
- Los niveles de servicio objetivo (SLO) y y Acuerdos de Nivel de Servicio (SLA) siguen los criterios y tiempos de respuesta estándar que se detallan:
- Acuse de recibo de la solicitud de soporte: en un máximo de 2 horas laborables.
- Respuesta técnica inicial y análisis: en un máximo de 4 horas laborables.
- Cierre del ticket o solución provisional confirmada (si no se resuelve): en un máximo de 48 horas laborables.
- Objetivo de disponibilidad operativa del sistema: mínimo del 92% en horario laboral, excluyendo mantenimientos programados.
- Todos los tiempos se computan dentro del horario laboral estándar (lunes a viernes, de 09:00 a 18:00 CET), excluyendo festivos nacionales.
- Estos objetivos son indicativos y no vinculantes, salvo que se pacten explícitamente en un contrato de nivel de servicio específico como los niveles Silver o Golden que pueden contemplar condiciones de horarios o criterios más estrictos.
- Los niveles de servicio específicos están definidos en el Procedimiento Estándar de Operación (SOP) de Soporte de Aplicación y Usuario en vigor firmado con el cliente en su caso y a su petición expresa en defecto del cual, operarán los criterios anteriores.
En ningún caso i3te será responsable por:
- Daños indirectos, lucro cesante o pérdida de datos por parte del cliente, salvo que se pacte expresamente esa responsabilidad,
- Incumplimientos por causas ajenas a i3te, particularmente, la falta de implicación, dedicación, recursos o interlocutores por parte del cliente a un proyecto, lo que puede imposibilitar la normal implantación del proyecto,
- Incumplimientos por causas ajenas de terceros o fuerza mayor que, razonablemente, no están bajo el control de i3te,
- Ingeniería inversa, modificaciones o alteraciones de los productos entregados, a excepción de las expresamente autorizadas en el presupuesto aceptado o en las cláusulas adicionales acordadas o en las especificaciones de requisitos.
- Usos indebidos, alteraciones no autorizadas o intervenciones de terceros.
7. I3EULA - TERMINACIÓN
La licencia y los servicios se considerarán automáticamente rescindidos ante:
- El impago de cualquier cantidad debida facturada y no pagada por los servicios o soporte, competa o no al producto específico. En caso de un impago en factura vencida en más de una ocasión supondrá el paso a contado inmediato del cliente, así como la suspensión de todos los servicios, estén o no impagados y considerándose el servicio como un todo,
- La finalización del contrato de soporte por parte del cliente o por rescisión de i3te por no ser posible prestarlo.
- El uso no autorizado o contrario a estas condiciones. Se considerará uso no autorizado todo uso diferente al expresamente determinado en el presupuesto aceptado o para las actividades allí expresadas.
En tales casos, i3te podrá restringir inmediatamente el acceso al software y requerir la eliminación de todas las copias en poder del Cliente así como comunicar la rescisión del servicio. En caso de que el servicio cubra un período mayor que el que haya transcurrido en el momento de la rescisión y, según las circunstancias, i3te podrá devolver el importe diferencial no consumido de soporte.
8. I3EULA - LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
Estas condiciones se regirán por el Derecho español. Si ello fuese posible, mediante arbitraje, conforme al reglamento de la Asociación para el Arbitraje Mercantil “TAM” en Vigo. Subsidiariamente, será competente la jurisdicción de Vigo, con renuncia expresa a cualquier otro fuero.
Fin del documento i3_EULA – ANEXO 1 Cond. Grales. Contratación - Acuerdo de Licencia de Usuario Final